Préstamo IVA
El sector inmobiliario es un sector muy intensivo en capital. Entre los gatos que va a tener que afrontar un promotor para llevar a cabo una promoción inmobiliaria se encuentra el pago del IVA relativo a la compra de las parcelas donde se va a llevar a cabo la promoción inmobiliaria.
El IVA (Impuesto
de Valor Añadido) es un impuesto que recae sobre el consumidor final y que se
paga al adquirir un producto o servicio. En nuestro caso particular, el IVA
recae sobre el comprador final de la vivienda nueva, por tanto, cuando el
promotor realiza el pago del IVA en favor de la agencia tributaria, se genera
un crédito de fiscal por parte de la Agencia Tributaria en favor del promotor.
Como comentábamos
al inicio, el sector inmobiliario es muy intensivo en capital, por tanto, el
promotor con el objetivo de no descapitalizarse puede optar por
“hacer liquido” este derecho de crédito (que tiene una alta certidumbre)
solicitando un préstamo que tenga como garantía la devolución del IVA por parte
de Hacienda.
¿Cómo funciona
esta garantía?
Lo que se pignora
es la cuenta bancaria, donde se recibirá el dinero por parte de hacienda, y
esta cuenta estará bloqueada para el promotor, de manera que no pueda hacer uso
de la misma, hasta que se haya repagado íntegramente el principal e intereses
devengados en favor de los prestamistas.
¿Cómo se
produce la salida de los inversores?
La salida de los
inversores se produce con la devolución de IVA por parte de AEAT
¿En que plataforma podemos encontrar esta financiación?
Por si os interesa, os dejo el enlace de referidos Registro | wecity (recibirás 50€ por tu primera inversión).
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